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¿Cómo crear una UP?  
Universidades Populares

Federación Española de Universidades Populares

¿QUÉ ORGANIZACIÓN PRECISAN ?

Las Universidades Populares son un Proyecto de desarrollo cultural cuyo ámbito territorial es el Municipio. Su creación puede ser promovida por iniciativa de una Corporación Municipal, Mancomunidad de Servicios, o bien por una asociación con fines no lucrativos.

Para constituir una Universidad Popular, en primer lugar es imprescindible una clara voluntad y, en segundo, una buena información sobre los compromisos que se contraen. Los fundamentos teóricos, metodológicos y filosóficos de la Universidad Popular estarán en consonancia con las Bases Conceptuales y de Programación aprobadas en el V Congreso de la FEUP que definen a las Universidades Populares como un "Proyecto de Desarrollo Cultural en el Municipio, dirigido a promover la Participación Social y la Educación Continua para mejorar la Calidad de Vida".


CREACIÓN DE UNA UNIVERSIDAD POPULAR POR INICIATIVA MUNICIPAL

Forma de Gestión
Personal
Presupuesto
Infraestructura
Programa
Órgano de Participación

Es necesario que se adopte un acuerdo para crear la U.P., y para adherirse a la Federación Española de Universidades Populares. Este acuerdo puede adoptarse bien en el Pleno del Ayuntamiento, Mancomunidad de Servicios o en Comisión de Gobierno, por el que se constituya la Universidad Popular.

Cada Ayuntamiento determinará la estructura organizativa e institucional que considere más adecuada para la Universidad Popular, de acuerdo con las necesidades, dimensión y ámbitos sobre los que desarrolle su función la U.P. Se tendrán en cuenta como mínimo los siguientes puntos:

Forma de Gestión

  • Gestión Directa. Dependiente de alguna Concejalía o Comisión Municipal (Educación, Cultura, Participación Ciudadana, etc.)
  • Órgano Autónomo de Gestión. Mediante la creación de un Patronato propio para la U.P., o adscripción a alguno ya existente.
  • Otras Modalidades. Puede ser válida cualquiera otra de las fórmulas previstas en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, para la prestación de servicios educativos, culturales y sociales -Consorcio, Mancomunidad, etc.-, en función de las propias necesidades organizativas, operativas y administrativas.

Personal

  • Para un normal funcionamiento de la U.P. el Ayuntamiento la dotará de una plantilla mínima y suficiente (Equipo Técnico), ya sea de nueva contratación o con personal adscrito anteriormente al Ayuntamiento, en función de su tamaño y dimensión, con el fin de garantizar así la continuidad de los programas y proyectos de la U.P.

Presupuesto

  • El Ayuntamiento pondrá a disposición de la U.P. una partida económica, para atender los gastos de personal, actividades, mantenimiento, etc. Esta infraestructura básica de funcionamiento, constituye por sí misma una fuente de nuevos recursos, dependiendo de la propia capacidad de gestión, ya que puede obtener fondos a los que el Ayuntamiento no puede acceder, procedentes de instituciones públicas o privadas y de la propia Federación.

Infraestructura

  • La Universidad Popular requiere una mínima infraestructura de locales, mobiliario, equipamientos, etc. No es imprescindible una fuerte inversión inicial. Se pueden aprovechar las infraestructuras y equipamientos ya existentes en el municipio (casas de cultura, centros cívicos, bibliotecas, colegios públicos, locales de asociaciones, etc.).

Programa

  • El Equipo Técnico, teniendo en cuenta las prioridades marcadas desde los órganos de gobierno de la U.P., elaborará la programación anual precisa para el cumplimiento de los fines y objetivos, con arreglo a los recursos existentes.

Órgano de Participación

  • Con el fin de garantizar la participación de cuantos asisten a las actividades de la U.P., se deberán constituir órganos participativos, ya sean de gestión o consultivos, en los que estén presentes los estamentos que constituyen el Proyecto -responsables institucionales, técnicos y representantes de los participantes, que constituyen lo que puede denominarse Junta Rectora del Patronato, Consejo, Comisión Asesora, etc.

En todos los casos, la Infraestructura, el Equipo Técnico, el Presupuesto, etc., no significa que deba ser de nueva aportación, sino que puede ser como consecuencia de una reestructuración de los servicios municipales implicados.


CREACIÓN DE UNA UNIVERSIDAD POPULAR POR INICIATIVA SOCIAL

Otra de las fórmulas posibles para la creación de una Universidad Popular, es la de constituir una Asociación con fines no lucrativos, al amparo de la Ley de Asociaciones, donde se establezcan los fines y objetivos de la asociación. Igualmente la asociación que soporte jurídicamente la U.P., deberá asumir los principios que definen e identifican al Proyecto.

En este caso, y de la misma forma que en las Universidades Populares creadas por una Corporación Municipal, la U.P., deberá contar con órganos de gobierno y de gestión, presupuesto, infraestructura (locales propios o ajenos), personal (contratado o voluntario), programa, etc.


Última Edición Fecha: 09/24/03, Hora: 09:04 AM

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